A partir de este 1 de agosto, faltan 15 días para que comience el registro obligatorio de líneas telefónicas en México, una medida impulsada por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) con el objetivo de vincular cada número celular con la identidad de su titular y reforzar el combate a delitos como la extorsión, el fraude y otras actividades realizadas mediante teléfonos móviles.
El proceso se llevará a cabo de forma escalonada entre agosto y diciembre de 2026, conforme al último dígito de cada número telefónico. Una vez que concluya el plazo correspondiente, las compañías de telefonía suspenderán el servicio de las líneas que no hayan sido vinculadas 72 horas después del vencimiento de la fecha límite.
De acuerdo con la CRT, la medida busca eliminar el anonimato en la contratación de líneas celulares, una práctica que ha sido aprovechada para cometer distintos delitos.
El organismo regulador señaló que la identificación de usuarios ya es una política implementada en 166 países, por lo que México dejará de formar parte del grupo de naciones donde era posible adquirir una tarjeta SIM sin acreditar la identidad del propietario.
La Comisión también explicó que, cuando una línea sea utilizada en la comisión de un delito, las autoridades podrán solicitar información a las empresas de telefonía, siempre conforme a lo establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales.
Si el usuario no realiza la vinculación dentro del periodo asignado, la empresa telefónica suspenderá el servicio de la línea.
Durante la suspensión únicamente será posible:
- Realizar llamadas a números de emergencia.
- Comunicarse con los servicios de atención ciudadana.
- Contactar al centro de atención de la compañía telefónica.
- Recibir alertas sísmicas, cuando corresponda.
Una vez concluido el trámite de vinculación, la empresa restablecerá el servicio de llamadas, mensajes de texto y datos móviles.
La CRT precisó que el Gobierno no realizará directamente el proceso. El trámite deberá efectuarse con la compañía telefónica correspondiente. Las empresas únicamente asociarán el nombre y la CURP del usuario con el número celular y eliminarán cualquier otro dato o imagen utilizada durante el procedimiento de registro.
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones estableció las siguientes fechas límite:
| Último dígito | Fecha límite |
| 0 | 15 de agosto |
| 1 | 31 de agosto |
| 2 | 15 de septiembre |
| 3 | 30 de septiembre |
| 4 | 15 de octubre |
| 5 | 31 de octubre |
| 6 | 15 de noviembre |
| 7 | 30 de noviembre |
| 8 | 15 de diciembre |
| 9 | 31 de diciembre |