SCJN abre debate sobre la eutanasia en México tras atraer amparo que cuestiona su prohibición
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un paso que podría marcar un precedente en el debate sobre el derecho a morir dignamente en México, al decidir atraer un amparo que cuestiona la constitucionalidad de las normas que prohíben la eutanasia y el suicidio asistido.
Con esta determinación, el máximo tribunal del país analizará por primera vez de manera directa si las disposiciones vigentes en materia sanitaria y penal vulneran derechos fundamentales relacionados con la autonomía personal y la libre determinación de quienes enfrentan enfermedades graves o terminales.
El caso deriva de un amparo promovido por una especialista en tanatología que ha sido diagnosticada en dos ocasiones con cáncer de mama y actualmente se encuentra bajo tratamiento médico. La demanda impugna diversas disposiciones contenidas en la Ley General de Salud, el Código Penal Federal y normativas locales que impiden tanto la eutanasia como el suicidio médicamente asistido.
Al resolver la reasunción de competencia, el Pleno de la Corte consideró que el asunto representa una oportunidad para establecer un criterio inédito sobre los límites de la intervención del Estado en las decisiones relacionadas con el final de la vida, particularmente en pacientes que enfrentan enfermedades terminales o padecimientos que afectan de manera significativa su calidad de vida.
El análisis también abordará si el marco jurídico mexicano puede restringir la posibilidad de que una persona decida voluntariamente cuándo y cómo concluir su vida, o si la única alternativa constitucionalmente válida debe ser la muerte natural acompañada de cuidados paliativos.
Actualmente, la legislación mexicana prohíbe expresamente la eutanasia activa. El artículo 166 Bis 21 de la Ley General de Salud establece que ninguna acción podrá realizarse con el propósito de provocar intencionalmente la muerte de un paciente, aun cuando exista una solicitud expresa.
Aunque la eutanasia permanece prohibida, en México sí existe la figura de la voluntad anticipada en varias entidades federativas. Este mecanismo permite que una persona rechace tratamientos médicos extraordinarios o desproporcionados cuando se encuentra en fase terminal, favoreciendo únicamente los cuidados paliativos.
La decisión de la Corte ocurre en un contexto internacional donde varios países han avanzado en la regulación de la muerte asistida. Entre ellos se encuentran Países Bajos, Bélgica, Canadá, Suiza, Colombia, España y Luxemburgo, que cuentan con distintos modelos legales para permitir la eutanasia o el suicidio médicamente asistido bajo condiciones específicas.
El asunto será turnado a uno de los ministros para la elaboración del proyecto de resolución que posteriormente será discutido por el Pleno de la SCJN.



