La ‘Nueva Corte’ frena sanciones contra alcaldesa de Acapulco por auditoría de 898 millones de pesos
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió suspensiones al municipio de Acapulco, Guerrero, dentro de las controversias constitucionales 174/2025 y 176/2025, con lo que se detienen, de manera provisional, posibles sanciones derivadas de la investigación por la falta de comprobación del uso de 898 millones de pesos de recursos federales ejercidos en 2023 por el ayuntamiento.
Las medidas cautelares fueron otorgadas por los ministros Javier Laynez Potisek y Yasmín Esquivel Mossa y están dirigidas contra actos de la Auditoría Superior del Estado de Guerrero y del Congreso local, relacionados con requerimientos de información y con el Informe Individual de Auditoría de la Cuenta Pública 2023 del municipio de Acapulco. Las suspensiones surten efectos inmediatos y no condicionan la exhibición de garantía.
De acuerdo con los alcances legales de este tipo de resoluciones, las suspensiones no cancelan las auditorías ni la obligación de rendir cuentas, pero sí impiden que se impongan sanciones o se ejecuten actos que puedan afectar de forma directa a la administración municipal mientras la Corte analiza el fondo del asunto. Las determinaciones aún pueden ser impugnadas, aunque su eventual resolución quedaría en manos de la nueva integración de la SCJN que iniciará funciones en septiembre.
El caso está vinculado con observaciones de la Auditoría Superior del Estado sobre recursos provenientes del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Municipal (FISM), del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios (FORTAMUN) y de participaciones federales correspondientes a los ramos 33 y 38, cuyo uso y destino no habría sido debidamente acreditado ante la autoridad fiscalizadora estatal.
De manera paralela, existe un juicio de amparo promovido por la presidenta municipal, en el que un juzgado federal concedió una suspensión provisional para frenar cualquier acción penal en tanto no se siga el procedimiento constitucional correspondiente, lo que mantiene el caso en una etapa de definición jurídica.




