Proponen regulación de motocicletas en Puebla; solo una persona podría ir a bordo

El diputado local de Morena, Miguel Trujillo de Ita, propuso una reforma para regular el uso de motocicletas en Puebla; dentro de las medidas, se encuentra que solo una persona vaya a bordo, excepto en casos especiales.
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Se trata de una reforma a los artículos 123 y 139 de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial para:
- Limitar el número de ocupantes, a un solo pasajero para quienes hagan uso de motocicleta como medio de transporte, salvo ciertas excepciones
- Establecer causas claras para el retiro inmediato de la circulación de aquellos vehículos, que mediante el ocultamiento o alteración de placas buscan burlar a la autoridad y eludir su responsabilidad.
En el artículo 123 se propone que en las motocicletas no podrán viajar más de una persona, respetando las medidas de seguridad establecidas y la Norma Oficial Mexicana aplicable.
“Las autoridades estatales y municipales competentes deberán establecer infracciones y dos sanciones a esta conducta dentro del reglamento correspondiente”, señala la iniciativa.
La obligación no se aplicará en los siguientes casos:
- Cuando alguien quiera trasladar a una persona enferma o herida a un centro de salud y no exista otro medio de transporte disponible
- Cuando se trate de corporaciones de seguridad pública, protección civil y servicios de emergencia, cuando la naturaleza de sus funciones requiera el transporte de más de dos personas en motocicleta
- Cuando el acompañante sea cónyuge, concubina o concubino, hijo, hija, madre o padre del conductor, siempre que ambos porten identificación oficial y utilicen el equipo de protección obligatorio, y el diseño de la motocicleta permita el uso de más de un ocupante
- Cuando la motocicleta sea el único medio de transporte disponible en áreas rurales y comunidades indígenas con usos y costumbres reconocidas, derivado del uso de trayectos cortos dentro de la comunidad y con el uso obligatorio de casco.
En el caso del artículo 139, se explica que se retirarán de la circulación con grúa o cualquier otro medio las motocicletas que no porten placas de circulación o permiso provisional correspondiente, con o sin la presencia del conductor, siendo retenidas en el depósito vehicular, debiendo cumplir con los requisitos previstos en la ley para su devolución.
Además, se ordenará el retiramiento inmediato de circulación con o sin la presencia del conductor, mediante grúa o cualquier otro método idóneo, las motocicletas que:
- No porten placas de circulación vigentes o permiso provisional vigentes como tanto en la parte frontal como en la parte trasera del vehículo y esto es debido a los temas de que no los identifican las cámaras
- Presente placas alteradas o con dispositivos que modifiquen su visibilidad
- Tengan placas dobladas, cubiertas total o parcialmente, o colocadas en posición que impidan su legibilidad desde al menos 20 metros de distancia
- Utilicen sistemas de ocultamiento removibles o mecanismos que impliquen la identificación por medios electrónicos
“No proponemos restricciones ciegas, somos sensibles a las realidades de nuestros pueblos, de nuestras zonas rurales, de nuestras familias trabajadoras, por eso esta propuesta contempla excepciones humanas y razonables, para emergencias médicas, para los cuerpos de seguridad, para las comunidades donde la motocicleta es el único modo de transporte viable”, dijo el diputado.
Además, explicó que no pretende criminalizar a “los motociclistas honestos”, ni al trabajador que hace de su vehículo una herramienta, sino que buscan “cerrar la puerta a quienes hacen de la motocicleta una herramienta para delinquir”.