SCJN niega amparo a Walmart y mantiene tasa cero de IVA solo para toallas, tampones y copas menstruales
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió no conceder un amparo promovido por Walmart, con el que la empresa buscaba aplicar la tasa cero del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a una gama más amplia de productos de higiene íntima femenina.
Por mayoría de cinco votos, el Pleno determinó que la cadena comercial no cuenta con legitimación para impugnar la reforma fiscal publicada el 12 de noviembre de 2021 en el Diario Oficial de la Federación, la cual limitó la tasa cero exclusivamente a toallas sanitarias, tampones y copas menstruales.
La empresa pretendía extender el beneficio fiscal a otros artículos relacionados con la gestión menstrual, como pantiprotectores, ropa interior especializada y parches para aliviar cólicos. Sin embargo, las ministras y ministros consideraron que la compañía no representa los derechos de las mujeres y personas menstruantes, quienes son las consumidoras finales y quienes, en su caso, resienten de manera directa el impacto del impuesto.
Durante la sesión se desechó el proyecto elaborado por el ministro Irving Espinosa Betanzo, que proponía conceder el amparo a la empresa para permitirle aplicar la tasa cero a esos productos adicionales. Tras la votación en contra, la ministra Lenia Batres Guadarrama se propuso para formular un nuevo proyecto acorde con el criterio mayoritario.
El fallo establece que quienes podrían promover un juicio de amparo contra la reforma serían las personas directamente afectadas o, en su caso, organizaciones de la sociedad civil que defiendan los derechos de mujeres y personas menstruantes.
Con esta decisión, la Corte mantiene vigente el alcance actual de la reforma fiscal de 2021 en materia de IVA para productos de higiene menstrual.



