TEPJF niega reinstalación en caso de Iván Cuautle; devuelve al Tribunal Electoral de Puebla para nuevo análisis jurídico
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó no ordenar la reinstalación de Iván Cuautle Minutti como síndico municipal de San Pedro Cholula y, en cambio, devolver el expediente al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) para que emita una nueva resolución conforme al derecho aplicable.
En su determinación, la máxima autoridad electoral estableció que corresponde al tribunal local analizar si el delito por el cual fue suspendido tiene una relación jurídica directa con el ejercicio del cargo público, lo cual es un criterio jurídico decisivo para determinar si procede o no la separación de un funcionario electo.
La medida implica que el proceso legal continúa en manos de la jurisdicción local y no genera automáticamente la restitución en el cargo de la persona involucrada, quien sigue vinculada a un proceso penal en curso, según los documentos del caso.
Este pronunciamiento del TEPJF representa un precedente relevante al reafirmar que no es procedente reinstalar a una autoridad electa sin antes hacer una valoración jurídica profunda sobre la conexión entre un posible ilícito y el desempeño de sus funciones. En términos generales, la resolución subraya la primacía de la legalidad y del debido proceso en el ámbito electoral, así como la protección de los derechos político–electorales de la ciudadanía para ser representada por autoridades que actúen en conformidad con la ley.
Con ello, la Sala Superior reafirma criterios que vienen desarrollándose en torno a la relación entre responsabilidades penales y la permanencia en un cargo público electo, un aspecto de impacto tanto local como nacional en materia de justicia electoral.



