Entra en vigor prohibición total de vapeadores y cigarros electrónicos en México
Este jueves entró en vigor la reforma a la Ley General de Salud que prohíbe en todo el país la fabricación, distribución, comercialización, importación, exportación y venta de vapeadores, cigarrillos electrónicos y cualquier dispositivo análogo, luego de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Con la aplicación de la reforma, también comienzan a imponerse sanciones penales y económicas a quienes incumplan la ley. Las penas contemplan de uno a ocho años de prisión, además de multas que van de 100 a 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale aproximadamente a montos que oscilan entre 11 mil y más de 234 mil pesos.
La legislación establece la prohibición de cualquier sistema electrónico o mecánico utilizado para calentar, vaporizar o atomizar sustancias líquidas, sólidas o sintéticas, con o sin nicotina, incluidos aceites, sales, geles, ceras, aerosoles y nuevas formulaciones químicas. La restricción aplica tanto a dispositivos reutilizables como desechables o de un solo uso.
Asimismo, queda prohibida toda forma de publicidad, promoción o propaganda de estos productos en medios impresos, digitales, radiofónicos, televisivos o cualquier otra plataforma de comunicación. Con esto, las autorizaciones sanitarias relacionadas con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás autorizadas previamente quedarán sin efectos.



