SCJN autoriza embargo parcial de Afore para pensiones alimenticias en casos de desempleo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo clave que permite a los jueces autorizar el embargo parcial de los recursos en la subcuenta de retiro de la Afore de un deudor alimentario que se encuentre desempleado y sin otras fuentes de ingreso. Esta medida busca garantizar el pago de pensiones alimenticias a menores cuando el responsable no cuente con recursos económicos suficientes.
El tribunal determinó que este procedimiento es constitucional y no vulnera derechos fundamentales, ya que prioriza el interés superior de la niñez, un principio fundamental en la legislación mexicana. De esta manera, se protege el bienestar de los menores beneficiarios de las pensiones alimenticias.
El embargo autorizado por la Corte se limita a un máximo del 10% del saldo disponible en la subcuenta de retiro, respetando los límites establecidos por la ley para casos de desempleo. Esta restricción busca equilibrar la protección de los derechos del acreedor alimentario y la preservación de los recursos para el futuro retiro del deudor.
Con esta resolución, la SCJN establece un precedente importante para garantizar que los menores reciban el apoyo económico necesario, incluso cuando el obligado a pagar no tenga ingresos laborales activos. Además, se fortalece el marco legal para la ejecución de pensiones alimenticias en situaciones de vulnerabilidad económica.
Este fallo refleja el compromiso del sistema judicial mexicano con la protección de los derechos de la infancia y la búsqueda de soluciones efectivas frente a la problemática del incumplimiento en el pago de pensiones alimenticias.