TEEP sanciona a Riestra por exponer identidad de menores en propaganda



Aunque el TEEP reconoció que sí se vulneró los derechos de los menores, Mario Riestra puede recurrir a otras instancias | Foto: Alejandro Cortés

El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) resolvió que el excandidato a la presidencia municipal de la capital del estado por el PAN, Mario Riestra Piña, vulneró las reglas para la difusión de propaganda política al exponer la identidad de menores de edad. Con ello, vulneró el interés superior de las niñas, niños y adolescentes, al no haber ocultado sus rostros ni acreditar que contó con la autorización de sus padres.

Como resultado de esta resolución, impusieron una amonestación pública que consiste en formar parte del Catálogo de Sujetos Sancionados. Así lo aprobaron las magistradas y el magistrado presidente al resolver el expediente TEEP-AE-40/2025, interpuesto por Morena.

El proyecto de sentencia estuvo a cargo del magistrado presidente, Israel Argüello Boy, quien consideró que aunque en ese entonces Mario Riestra era diputado federal, esto no lo exentaba de cumplir los lineamientos del Instituto Nacional Electoral (INE) para la publicación de propaganda en donde aparezca la imagen de niñas. niños y adolescentes.

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El ahora dirigente del PAN en Puebla no proporcionó pruebas de que hubo consentimiento de los padres de las y los niños o de sus tutores para su inclusión en la propaganda. Tampoco se pudo comprobar que los menores hayan opinado de manera libre respecto a su participación.

“La ponencia considera que el denunciado vulneró el interés superior de la niñez, pues en la publicación denunciada no se advierte que haya difuminado o desvanecido la imagen de los menores”.

Recordar que el interés superior de la niñez es un derecho que tienen todas las niñas, niños y adolescentes para ser considerados prioridad en las acciones o decisiones que les afecten. Está previsto en la Constitución Política federal, en la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como en la Convención sobre los Derechos del Niños.

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Si bien Morena también denunció al PAN por el deber de cuidado, el tribunal consideró que era servidor público y no hubo relación con el partido en la publicidad denunciada.

Aunque el TEEP reconoció que sí se vulneró los derechos de los menores, Mario Riestra puede recurrir a otras instancias, como la Sala Regional o Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf).

La magistrada Angélica Sandoval Sánchez no estuvo de acuerdo en que no se haya fijado el periodo en el que Mario Riestra estará en el Catálogo de Sujetos Sacionados, “con base en la protección a los derechos humanos y a la propia Constitución debería de existir una temporalidad”, dijo.

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