Patrones que no den aguinaldo podrían ser multados



El aguinaldo es una prestación prevista en la Ley Federal del Trabajo y el incumplimiento de la misma podría tener consecuencias para las y los patrones. Foto: Pixabay

El aguinaldo es una prestación prevista en la Ley Federal del Trabajo y el incumplimiento de la misma podría tener consecuencias para las y los patrones.

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De acuerdo con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del 20 de diciembre, equivalente a quince días de salario.

No otorgar el aguinaldo podría ser castigado con multas de 50 a 5 mil Unidades de Medida y Actualización (UMAs), lo cual equivale en este 2024 a 5 mil 428 pesos, hasta los 542 mil 850 pesos.

“Por violaciones a las normas de trabajo no sancionadas en este Título o en alguna otra disposición de esta Ley, se impondrá al infractor multa por el equivalente de 50 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización”, dice el artículo 1002 de dicho ordenamiento.

Las personas que tienen derecho a esta prestación son los trabajadores de planta, eventuales, de confianza, comisionistas, agentes de comercio y seguros, así como trabajadores sindicalizados y de base.

Quienes no hayan cumplido aún el año de servicio, deberán de recibir la parte proporcional del periodo laborado, sin importar el cargo.

“Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste”.

En caso de que el aguinaldo no sea pagado por parte de los empleadores, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) puede brindar asesoría a las y los trabajadores.

En Puebla, la oficina se encuentra en la avenida Arroyo de Xonaca, No. 1006, Plaza Paseo San Francisco, Local-207, Col. Barrio del Alto, en la capital del estado, los números son 2226894979. Ext:20710. y 2226894980. Ext:20711.

La Procuraduría además cuenta con un correo electrónico para atender las quejas de las y los trabajadores: orientacionprofedet@stps.gob.mx.

Editor: Fabián Sánchez

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