Propone MC 10 años de cárcel por violencia vicaria



La diputada Fedrha Suriano presentó iniciativa de reforma para que se reconozca como un delito la violencia vicaria, y castigarlo con 3 a 10 años de prisión. Foto: Alejandro Cortés.

La diputada Fedrha Suriano Corrales, de Movimiento Ciudadano (MC), presentó una iniciativa de reforma en el Congreso de Puebla, para que se reconozca como un delito la violencia vicaria, para castigarlo con tres a diez años de prisión.

La violencia vicaria se trata de las agresiones contra la madre a través de los hijos. Por ejemplo, sustraer a los menores, manipularlos o humillar a la mujer frente a ellos.

La propuesta busca modificar el Código Civil, el Código Penal y la Ley para el Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del estado.

Se definiría la violencia vicaria como “Todo acto u omisión intencional, con el objeto de causar daño a la madre a través del perjuicio, maltrato, descuido y/o manipulación de sus hijas e hijos, utilizándoles como instrumento para causar un daño o menoscabo del vínculo filial con la madre, independientemente de que puedan producir o no afectación física, orgánica y/o psicológica”.

En caso de violencia vicaria, se suspendería inmediatamente el régimen de guarda y custodia, mientras que en el Código Civil se incluirían este tipo de maltratos como violencia contra las mujeres, además, quedaría prohibido expresamente maltratar a las madres a través de sus hijos.

Si la reforma se aprueba, se consideraría violencia vicaria en el Código Penal:

  • ●         Amenazar con causar daño a las hijas e hijos
  • ●         Amenazar con ocultar, retener, o sustraer a hijas e hijos fuera de su domicilio o de su lugar habitual de residencia
  • ●         Utilizar a hijas e hijos para obtener información respecto de la madre
  • ●         Promover, incitar o fomentar actos de violencia física de hijas o hijos en contra de la madre
  • ●         Promover, incitar o fomentar actos que descalifiquen la figura materna
  • ●         Ocultar, retener o sustraer a hijas y lo hijos, así como a familiares o personas allegadas  
  • ●         Interponer acciones legales con base en hechos falsos o inexistentes en contra de las mujeres, para obtener guarda y custodia, cuidados y atenciones o pérdida de la patria potestad de las hijas y lo hijos en común
  • ●         Condicionar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias a las mujeres y a sus hijas e hijos.

Editor: Fabián Sánchez

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