Con nuevo Congreso, renovarán 36 comisiones
Las 36 comisiones del Congreso local son órganos que sirven para el mejor funcionamiento del Poder Legislativo. Son las encargadas de examinar, instruir y resolver los asuntos que les sean turnados para su estudio y emitir los dictámenes de las reformas o iniciativas de creación de leyes.
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De acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Legislativo local, también pueden solicitar información o documentación a los titulares de las dependencias de los Poderes Ejecutivo y Judicial, así como de los ayuntamientos. Deben sesionar cuando menos una vez al mes.
“Los integrantes de las Comisiones participan en sus sesiones con voz y voto; todas las decisiones deben aprobarse por mayoría”, dice el artículo 107.
Existen dos tipos de comisiones, unas son las generales y otras las especiales. Las primeras se encargan de analizar y discutir las determinaciones turnadas por la Mesa Directiva o la Comisión Permanente.
Por ello, elaboran los Dictámenes con Minuta de Decreto, que son los documentos que pasan a la discusión del Pleno del Congreso.
Otro tipo de comisiones son las transitorias, mismas que se dividen en comisiones especiales y comisiones de protocolo o de cortesía, que son las encargadas de recibir a invitados o diputados que rendirán protesta.
¿Cómo se eligen a integrantes?
La elección de las Comisiones Generales se hará por planilla, a propuesta de la Junta de Gobierno y Coordinación Política (Jugocopo) por mayoría de votos y en votación secreta durante la tercera sesión del Primer Periodo Ordinario de Sesiones del primer año del ejercicio Constitucional.
La Jugocopo hará las propuestas de presidentes de las comisiones generales y de integrantes de cada una de ellas; para ello, deben reflejar de manera proporcional el número de diputados, diputadas del Pleno que corresponda a cada bancada y representación legislativa.
“Las Comisiones Generales están integradas hasta por siete Diputados, de los cuales uno fungirá como Presidente, otro como Secretario y los restantes como Vocales”, dicta el artículo 121.
Las comisiones están integradas por un presidente, quien debe proponer dentro del mes siguiente a su instalación el plan de trabajo dentro de este organismo.
También se integran por una persona secretaria, encargada de llevar el control de las asistencias de los diputados que la integran y verificar la existencia del quórum requerido para el inicio de la sesión. Incluso, podrá recabar la votación en los asuntos que se discutan.
Además, cada comisión cuenta con vocales, quienes pueden participar con voz y voto en el análisis, discusión, modificación y en su caso, aprobación de los asuntos que resuelva la Comisión.
Estas son las comisiones generales que existen en el Congreso local:
- 1. Gobernación y Puntos Constitucionales
- 2. Procuración y Administración de Justicia
- 3. Hacienda y Patrimonio Municipal
- 4. Presupuesto y Crédito Público
- 5. Desarrollo Rural
- 6. Bienestar
- 7. Comunicaciones e Infraestructura
- 8. Transportes y Movilidad
- 9. Salud
- 10. Educación
- 11. Trabajo, Competitividad y Previsión Social
- 12. Derechos Humanos
- 13. Igualdad de Género
- 14. Pueblos, Comunidades Indígenas y Afromexicanas
- 15. Control, Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado
- 16. Seguridad Pública
- 17. Protección Civil
- 18. Desarrollo Económico
- 19. Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático
- 20. Migración y Asuntos Internacionales
- 21. Asuntos Municipales
- 22. Ciencia y Tecnología
- 23. Juventud y Deporte
- 24. Atención a Personas con Discapacidad
- 25. Instructora
- 26. Transparencia y Acceso a la Información
- 27. Turismo
- 28. Desarrollo Urbano
- 29. Vivienda
- 30. Asuntos Metropolitanos
- 31. Grupos Vulnerables
- 32. Organizaciones No Gubernamentales
- 33. Cultura
- 34. Participación Ciudadana y Combate a la Corrupción
- 35. De la Familia y los Derechos de la Niñez
- 36. De la Agenda 2030 y convenios o acuerdos que se determinen en el ámbito internacional para mejorar las necesidades de toda la población.